¿Pueden embargarme la jubilación y la Seguridad Social??

¿Se pueden embargar las prestaciones de la Seguridad Social?? En algunas situaciones, la respuesta es un no rotundo, pero en otras, se convierte en una clara posibilidad. En última instancia, depende de quién haga el embargo.

Puntos clave

  • La U.S. Hacienda puede embargar sus prestaciones de la Seguridad Social por deudas impagadas, como impuestos atrasados, manutención de los hijos o del cónyuge, o un préstamo estudiantil federal que esté en mora.
  • Si debe dinero a Hacienda, no es necesaria una orden judicial para embargar sus prestaciones.
  • Tendrá que desembolsar el 15% de su Seguridad Social en concepto de impuestos atrasados y hasta el 65% en concepto de pensión alimenticia o manutención de los hijos. 

Qué es el embargo de salario y cómo funciona?

Así es como funciona el embargo. Un acreedor comercial con el que tienes una deuda te lleva a los tribunales y gana una sentencia contra ti. A continuación, el acreedor solicita al juez una orden para embargar su salario, cuenta bancaria y cualquier otro activo que pueda tener para satisfacer esa deuda. El juez aprueba el embargo para cuadrar la deuda. Todos tus activos son vulnerables, incluida la Seguridad Social y las prestaciones de jubilación, como un 401(k) o una cuenta de jubilación individual (IRA)?

Cuando el acreedor es una entidad comercial

Cuando se trata de pagos de prestaciones federales, la respuesta es no. Estamos hablando de la Seguridad Social, de las prestaciones de Asuntos de Veteranos, de las prestaciones de jubilación de los ferrocarriles y de las prestaciones de jubilación de la Oficina de Gestión de Personal, especialmente si dicho acreedor le ha emitido una tarjeta de crédito o un préstamo para automóviles y su pago se retrasa. Los acreedores que tengan facturas médicas, junto con préstamos personales y de día de pago, también tienen prohibido embargar estas prestaciones. Eso es según la sección 207 de la Ley de Seguridad Social. Es la ley.

En lo que respecta a las cuentas 401(k) e IRA, las primeras suelen estar a salvo del embargo por parte de los acreedores comerciales mientras el dinero permanezca en la cuenta, gracias a la Ley de Seguridad de los Ingresos de Jubilación del Empleo de 1974 (ERISA), mientras que el primer millón de dólares de su IRA está protegido por la Ley de Prevención del Abuso de Bancarrota y Protección del Consumidor de 2005 (BAPCPA).

Si no se le ordena pagar impuestos atrasados o manutención de los hijos, el banco tiene que revisar el historial de su cuenta (o cuentas) durante los dos meses anteriores a la recepción de la orden de embargo. Si su Seguridad Social u otras prestaciones protegidas han sido depositadas directamente en sus cuentas dentro de esos dos meses -los llamados „período de espera”: el banco debe proteger los fondos hasta el total de los depósitos directos. Es libre de gastarlo en cualquier cosa.

Sin embargo, si sigues trabajando, tu acreedor puede embargar tu salario y, dependiendo del estado en el que vivas, otros bienes permitidos que puedas tener, como una casa o un coche.

Cuando el acreedor es el gobierno federal

Supongamos que usted debe al gobierno federal impuestos atrasados. El Departamento del Tesoro es otro cantar. Vas a tener que entregar el 15% de tu Seguridad Social. Los fondos de un 401(K) o una IRA también son vulnerables.

Si debe la pensión alimenticia o la manutención de los hijos, el gobierno federal también puede intervenir en eso: Es posible que tenga que renunciar a entre el 50% y el 65% de su Seguridad Social. Además, el Servicio de Impuestos Internos (IRS) no necesita una orden judicial para embargar sus beneficios, puede hacerlo por sí mismo.

Cuando su banco recibe la orden de embargo, tiene dos días hábiles para realizar una revisión e identificar sus cuentas. Si la orden es para cobrar impuestos federales o la manutención de los hijos, el banco puede congelar esas cuentas, aunque el dinero sea de la Seguridad Social.

Puedes evitar el embargo si llegas a un acuerdo con el IRS para pagar los impuestos atrasados. En ese caso, ya no embargará tus prestaciones de la Seguridad Social, aunque conserva el derecho a hacerlo si no cumples tu parte del trato.

Los planes de jubilación establecidos en virtud de la Ley de Seguridad de Ingresos de Jubilación de los Empleados (ERISA), como los 401(k), suelen estar protegidos de los acreedores judiciales. El hecho de que los planes 401(k) pertenezcan legalmente a su empresa también ofrece cierta protección contra los embargos fiscales federales.

Cuando el crédito es un préstamo estudiantil federal

Si se retrasa en el pago de un préstamo estudiantil federal, el gobierno puede retener hasta el 15% de la deuda pendiente. Sin embargo, no tiene derecho a los primeros 750 dólares de tus prestaciones mensuales de la Seguridad Social y de la jubilación.

Por ejemplo, si tienes 850 dólares en beneficios, el 15% de esa cantidad sería 127 dólares.50. Como no te pueden dar menos de 750 dólares, lo máximo que te pueden quitar son 100 dólares. Esta norma sólo se aplica a los préstamos estudiantiles federales, no a los privados.

El resultado final

Sólo el gobierno federal puede embargar su Seguridad Social y otras prestaciones federales de jubilación. Si estás en peligro de que se produzca esta situación, busca ayuda legal. El Colegio de Abogados de Estados Unidos ofrece enlaces a abogados gratuitos y de bajo coste que pueden asesorarle.

Fuentes del artículo

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política editorial.

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