Qué es la entidad de referencia?
Una entidad de referencia es el emisor de la deuda que subyace a un derivado de crédito. La entidad de referencia es la organización que emitió el activo de referencia (bono u otro valor respaldado por deuda) que, a su vez, es objeto de un derivado de crédito. La entidad de referencia puede ser una corporación, un gobierno u otra entidad legal que emita deuda de cualquier tipo. En muchos casos, el derivado de crédito que nombra a una entidad de referencia es un swap de incumplimiento crediticio (CDS).
Si se produce un evento crediticio, como un impago, y la entidad de referencia no puede satisfacer las condiciones del préstamo, el comprador de la permuta de incumplimiento crediticio recibe el pago del vendedor del CDS.
Puntos clave
- Una entidad de referencia es el emisor de la deuda que subyace a un derivado de crédito.
- Una entidad de referencia -que puede ser una empresa, un gobierno u otra entidad legal que emita deuda de cualquier tipo- es la parte sobre la que especulan dos contrapartes en una transacción de derivados de crédito.
- Una permuta de incumplimiento crediticio (CDS) es un tipo de derivado crediticio o contrato financiero que permite a un inversor intercambiar su riesgo crediticio con el de otro inversor.
- Al igual que una póliza de seguro, un CDS requiere que el comprador pague al vendedor una prima continua para mantener el contrato.
- Si se produce un evento crediticio (como un impago o una quiebra), el vendedor de un CDS pagará al comprador el valor del título y los pagos de intereses que se habrían pagado entre el momento del evento crediticio y la fecha de vencimiento del título.
Comprender una entidad de referencia
La entidad de referencia es esencialmente la parte sobre la que especulan las dos contrapartes en una operación de derivados de crédito. El vendedor de una permuta de incumplimiento crediticio (CDS) está apostando a que la emisión de deuda subyacente (conocida como el activo de referencia) y la empresa o el gobierno (entidad de referencia) podrán cumplir sus obligaciones sin ningún problema.
El comprador de una permuta de incumplimiento crediticio está asegurando su inversión en la deuda de la entidad de referencia o especulando sobre la situación de la entidad de referencia sin poseer realmente el activo subyacente. Un comprador puede adquirir un CDS para compensar el riesgo de varios tipos de activos subyacentes, como bonos corporativos, bonos municipales y valores respaldados por hipotecas (MBS).
Entidades de referencia y seguros
En teoría, un contrato de permuta de incumplimiento crediticio es un seguro sobre el riesgo de incumplimiento que plantea la entidad de referencia. A cambio de una comisión, el vendedor de la operación vende protección contra el impago de la entidad de referencia. El comprador del derivado de crédito cree que puede haber una posibilidad de que la entidad de referencia incumpla su deuda emitida y, por lo tanto, entra en la posición adecuada.
Se trata de una simple cobertura, o seguro, en la que el propietario de la deuda de la entidad de referencia paga para que, en caso de impago, el vendedor del CDS le indemnice de acuerdo con las condiciones originales de la inversión. Si no ocurre nada, el propietario de la deuda ha pagado un precio por la tranquilidad que le proporciona el CDS. Si se produce un evento crediticio, el vendedor del CDS asume un golpe al pagar la diferencia al comprador del CDS.
Los tres tipos más comunes de eventos crediticios que pueden hacer que el vendedor de un CDS pague al comprador son la quiebra, el impago y la reestructuración de la deuda.
Entidades de referencia y especulación
En la práctica, el mercado de CDS es mucho mayor que los activos de referencia para los que vende protección. Esto significa que los especuladores contratan permutas de incumplimiento crediticio sin poseer realmente las deudas subyacentes o los valores respaldados por deuda. En este caso, el CDS se convierte en una herramienta especulativa en la que el vendedor y el comprador apuestan el uno contra el otro sobre las posibilidades de que se produzca un evento crediticio en una entidad de referencia concreta.
De este modo, el especulador se ahorra la molestia de ponerse en corto con las acciones, o el vendedor la inversión de capital de comprar bonos a largo plazo. Pueden simplemente suscribir un contrato que le costará al especulador una comisión periódica si la entidad de referencia no tiene problemas, y le pagará generosamente si la entidad de referencia sufre un evento crediticio. Además de todo esto, el propio CDS es un instrumento negociable, lo que introduce el elemento de temporización en lugar de limitarse a mantener un contrato hasta el vencimiento.