Qué es el deshonor indebido?
El término wrongful dishonor Se refiere a la falta de cumplimiento por parte de un banco de un instrumento negociable válido, como un cheque o una letra de cambio, que se le ha presentado para su pago. Si el instrumento es válido y hay fondos suficientes para cubrirlo, el hecho de que un banco no pague el instrumento en el plazo estipulado por el Código Comercial Uniforme (UCC) constituiría un deshonor ilícito.
Comprensión de la anulación errónea
El Código Comercial Uniforme es un conjunto de leyes y reglamentos que describen la forma de hacer negocios. El código se creó y adoptó para facilitar a las empresas la realización de negocios entre estados. El código contiene nueve artículos que cubren aspectos como las disposiciones generales, las cartas de crédito, la venta de bienes y servicios y los valores de inversión. El cuarto artículo se refiere a los cheques, letras de cambio y otros instrumentos negociables.
De acuerdo con el artículo 4, sección 402 del código, un banco deshonra erróneamente un instrumento negociable, como un cheque o una letra de cambio, si rechaza el pago aunque el instrumento sea correctamente pagadero, lo que significa que ha sido autorizado por el cliente y es conforme al acuerdo del banco con ese cliente.
Un banco puede optar por deshonrar un instrumento por falta de fondos en cualquier momento entre la recepción de ese instrumento y el momento en que el banco pagador devuelve el instrumento o cuando notifica el deshonor. Sólo es necesaria una determinación de este tipo. Sin embargo, si el banco decide más tarde reevaluar esa decisión de deshonor, deberá utilizar en su reevaluación el saldo de la cuenta del cliente tal y como se encuentre en ese momento posterior.
Son los tribunales los que deciden si los daños consecuentes son, de hecho, el resultado del deshonor ilícito.
Un banco pagador es responsable ante su cliente de los daños causados por el impago de un instrumento. La responsabilidad del banco se limita a los daños reales y demostrables, incluidos los posibles daños indirectos. Los daños y perjuicios pueden incluir los correspondientes a acciones como la detención o el enjuiciamiento del cliente causados por el deshonor del instrumento en cuestión.
Puntos clave
- El deshonor erróneo se produce cuando un banco o una cooperativa de crédito no acepta un cheque o una letra de cambio válidos que le han sido enviados.
- Un banco es responsable de su error si se demuestra que se ha producido un deshonor por su culpa.
- El deshonor se refiere a un cheque o giro presentado a un banco por una parte con fondos insuficientes.
Consideraciones especiales
Hay casos en los que un banco puede rechazar un título negociable sin violar los términos de la UCC. De acuerdo con las normas del código, un banco puede rechazar un instrumento si su ejecución puede generar un descubierto en la cuenta del cliente. Esto es, por supuesto, a menos que el banco tenga un acuerdo preexistente para honrar los descubiertos de ese cliente. Por lo tanto, si un cliente tiene protección contra sobregiros en su cuenta, el banco generalmente aceptará el cheque o giro.
Ejemplo de cancelación errónea
Un caso ampliamente estudiado de deshonor ilícito es el de Loucks contra. Banco Nacional de Albuquerque. El demandante, Loucks, era propietario de L & M Paint and Body Shop con un socio, Martínez. Como sociedad, tenían una cuenta corriente en el banco demandado, Albuquerque National Bank. Loucks tenía una deuda individual de 402 dólares, pero el banco cargó esa deuda a la cuenta corriente de la sociedad, aunque sabía que no era una deuda de la sociedad.
El banco comenzó a rechazar múltiples cheques girados contra la cuenta de la sociedad porque el débito de 402 dólares dejó la cuenta con fondos insuficientes. Los dos demandantes reclamaron al banco los 402 dólares más varios miles en concepto de daños y perjuicios. Finalmente solo se les concedió los 402 dólares, ya que el tribunal consideró que no había base para una conducta gratuita por parte del banco demandado.