Qué son los derechos de registro a cuestas?
Los derechos de registro a cuestas son una forma de derechos de registro que concede al inversor el derecho a registrar sus acciones no registradas cuando la empresa u otro inversor inicia un registro. Este tipo de derecho de registro se considera inferior a los derechos de registro a petición porque esta clase de titulares de derechos no puede iniciar el proceso de registro.
Puntos clave
- Los derechos de registro complementarios son una forma de derechos de registro que permite a los inversores registrar sus acciones no registradas durante una oferta pública.
- Los derechos de registro a cuestas pueden ser excluidos de una oferta pública por un suscriptor, pero es más fácil incluirlos porque añadir acciones con estos derechos es relativamente más barato.
- Los derechos de registro piggyback se consideran inferiores a los derechos de registro a la demanda porque esta clase de titulares de derechos no puede iniciar el proceso de registro.
Comprensión de los derechos de registro complementarios
Dado que los derechos de registro piggyback se consideran inferiores a los derechos de registro a la demanda, a veces se excluyen de los registros en favor de los inversores con derechos de registro a la demanda. Esto podría ocurrir si el suscriptor del registro determina que el mercado no podrá manejar todas las acciones que forman parte del registro.
Sin embargo, los inversores con derechos de registro a cuestas pueden participar normalmente en un número ilimitado de registros, en comparación con los inversores que han exigido derechos de registro.
Los derechos de registro complementarios pueden incluir:
- El derecho a recortar las acciones de los inversores en una oferta: Las disposiciones sobre derechos de registro complementarios suelen permitir a los suscriptores eliminar por completo a los inversores como accionistas vendedores en una OPI. En las ofertas posteriores, los inversores suelen negociar que no puedan reducirse a menos del 25% o el 30% de la oferta.
- La prioridad de las acciones de los inversores para ser incluidas en una oferta: Algunos fondos de riesgo negocian enérgicamente la prioridad de las acciones que los suscriptores permiten registrar en un registro iniciado por la empresa. Un inversor posterior también puede solicitar que sus acciones se incluyan en un registro antes que las acciones no registradas.
- Derechos de registro a cuestas para los fundadores y la dirección: Los fundadores suelen querer derechos de registro a cuestas por la misma razón que los fondos de riesgo. En ausencia de registro, los fundadores que sean afiliados tendrán que cumplir con las restricciones de volumen en virtud de la Regla 144. Una oferta pública registrada puede ser una de las pocas formas ordenadas en que un fundador puede vender un gran número de acciones.
Registro a la carta frente a. Registro a cuestas
A diferencia del registro a la carta, en el que los accionistas tienen derecho a exigir que una empresa realice una OPV, los inversores que recurren al registro a cuestas para vender sus acciones no tienen derecho a forzar una OPV. En cambio, deben esperar a que otros inversores soliciten la OPI, aprovechando de hecho los derechos de registro a la carta de otros inversores.
Los titulares de derechos de registro complementarios también pueden tener una gran influencia sobre la dirección de la empresa en lo que respecta al momento del registro. Los derechos de registro „piggyback” también se ejercen con mucha más frecuencia que los derechos de registro a la demanda porque añadir acciones asociadas a los derechos de registro „piggyback” es relativamente más barato (en términos de coste marginal) en un proceso de registro continuo.